Cuando un trabajador está próximo a terminar su vida laboral, piensa en los buenos frutos que recogerá de todo su esfuerzo. Pero, no todos tienen derecho a una pensión en régimen previsional, por eso existe la Pensión Básica Solidaria.
La PBS tiene ese nombre porque es una prestación mensual monetaria asignada a personas bajo esta condición vulnerable; siempre y cuando cumplan con las normas legales establecidas, tema del que se cerciorará el IPS.
Sin embargo, eso no es todo lo que hay que saber sobre esta pensión especial. Aparte de estar unida a los beneficios que brinda el Pilar Solidario de la Reforma Previsional; la pensión tiene dos modalidades que los usuarios deberían conocer.
Clasificación de la Pensión Básica solidaria
Si bien la Pensión Básica Solidaria o PBS favorece a todos aquellos que no tienen acceso a una pensión de sobrevivencia como titular ni beneficiario; al existir dos clases de pensiones solidarias, es vital que los usuarios las conozcan.
Esto se debe a que cada una va dirigida a un público en específico y como se aprecia en www.ips.gob.cl; poseen características particulares que el beneficiario debe tomar en cuenta. Estas son:
Tipos de PBS
Entre los tipos de pensión que desprenden de la PBS tenemos:
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) | Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) |
Es la prestación económica que el Estado otorga por mes a adultos jóvenes y a personas menores de 65.
Siempre y cuando todos hayan sido declarados con invalidez. | Es la prestación económica que el Estado otorga por mes a personas mayores de edad.
Sin embargo, el beneficio monetario varía dependiendo de la edad del pensionado. |
Características
Las características más prominentes de la PBS son:
PBSI | PBSV |
Da un pago de 158.339 pesos al mes. | Da un pago de 158.339 pesos al mes a personas de 65 a 74 años.
Cabe señalar que otorga 169.649 pesos mensuales a quienes tengan de 75 años en adelante. |
Favorece a personas cuya condición de invalidez ha sido reconocida por las instituciones médicas.
Asimismo, este puede darse si no tienen derecho a pensión de régimen previsional, que pertenecen a familias ubicadas en el tramo 60 del RSH.
También si en un lapso de seis años seguidos a la solicitud de la pensión, demuestran su residencia en Chile por al menos cinco años. | Favorece a adultos mayores sin derecho a recibir pensión de régimen previsional.
Asimismo, este puede darse si pertenecen al tramo 60 del RSH.
Si demuestran que han vivido en Chile durante al menos 20 años desde que fueron veinteañeros.
O en su defecto, a partir de su nacimiento en caso de ser considerados de escasos recursos.
También es necesario que luego de 5 años de su solicitud, hayan estado residenciados en el país 4 años.
No obstante, para chilenos autóctonos registrados en la oficina nacional de retorno y diplomáticos hay otra opción.
En este caso, los años de exilio pueden conmutarse como años de residencia. |
El trámite de la solicitud es gratuito. Puede hacerse en la oficina correspondiente, por vía online o en modo remoto. | El trámite de la solicitud para la pensión es gratuito. Puede hacerse en la oficina correspondiente, por vía online o en modo remoto. |
El pensionado recibe el beneficio hasta cumplir los 65 años de edad. No obstante, luego tendrá derecho a la Pensión Básica Solidaria de Vejez si cumple con los requisitos legales. | El pensionado recibe el beneficio siempre que cumpla con los requisitos legales. También si durante 12 meses seguidos no se va del país por un mínimo de 90 días, aunque podrían ser más. |
Requisitos para disfrutar de la Pensión Básica Solidaria
Una vez que se conocen a fondo los tipos de pensión y sus respectivas características; viene la siguiente pregunta: ¿Qué hacer para adquirir la Pensión Básica Solidaria y que se necesita? Pero la respuesta es simple.
De acuerdo con www.chileatiende.gob.cl; las condiciones (requisitos) para poder obtener y ser beneficiario de una de las dos pensiones antes mencionadas son los siguientes:
PBSI | PBSV |
Presentar cédula de identidad, es importante que no esté vencida. | Presentar cédula de identidad vigente. |
Copia del dictamen de invalidez oficial. | Tutoría o poder notarial en caso de que la solicitud la lleve a cabo un apoderado. |
Tutoría o poder notarial en caso de que la solicitud la lleve a cabo un apoderado. |
Modo de hacer la solicitud de la PBSI o la PBSV
Los pasos a seguir varían dependiendo de la forma que la persona interesada escoja para realizar la solicitud y se muestran a continuación:
1. Modo remoto
A través de Instagram, Facebook, Twitter o el formulario en línea; se puede entrar en contacto con ChileAtiende e indicar si la solicitud de la pensión es por vejez o invalidez.
Luego de responder a las preguntas, se deben anexar los documentos que sean necesarios para acabar con el trámite. En 15 días, la solicitud será estudiada y aprobada por el IPS si cumple con las normas establecidas.
Es importante señalar que el servicio estará disponible el tiempo que se considere prudente; esto por la situación de emergencia que causa el coronavirus a nivel mundial.
2. Oficinas de servicio
Tras reunir los requisitos, la persona debe entregarlos en la oficina de ChileAtiende, luego de hacerles la solicitud de la PBSI o la PBSV. Por último la persona debe esperar un lapso de tres meses para obtener respuesta.
3. Vía online
Primero el usuario debe entrar a la página del Instituto de Previsión Social; ubicar la opción de trámite en línea e ingresar tras colocar la RUN.
Luego dar clic donde dice Pilar Solidario y Bono por Hijo, elegir PBSI o PBSV; hacer la respectiva solicitud, seleccionar ClaveÚnica, autentificar tras ingresar tanto la RUN como la clave y rellenar la planilla de solicitud.
No perder la Pensión Básica Solidaria es vital
Toda ayuda es valiosa, sobre todo para los más necesitados o vulnerables de una población, por eso en «CMF Educa Portal de Educación Financiera»; hay tres puntos que provocan la suspensión del beneficio del Pilar Básico Solidario y deben evitarse:
- No cobrar por tres meses seguidos el beneficio.
- Si el invalido parcial niega la revaluación de las Comisiones Médicas de Invalidez.
- Si el beneficiario no entrega los antecedentes solicitados por el IPS luego de tres meses.